Guía IVA en Reformas de Vivienda: ¿21% o 10%?

El IVA en las Reformas: ¿21% o 10%?

La guía definitiva para entender y aplicar el IVA reducido en tu próxima obra de vivienda.

TIPO GENERAL

IVA General del 21%

Es el tipo impositivo estándar. Se aplica por defecto a la mayoría de servicios, incluidas las reformas, si no se cumplen los estrictos requisitos para el tipo reducido.

Se aplica si la obra no es para vivienda, la vivienda es nueva, o los materiales superan el 40% del coste.
RECOMENDADO TIPO REDUCIDO

IVA Reducido del 10%

La Ley del IVA permite aplicar un 10% en obras de rehabilitación o renovación de viviendas. Para ello, se deben cumplir una serie de condiciones muy concretas.

El objetivo para particulares que reforman su vivienda habitual de más de 2 años de antigüedad.
DEFINICIÓN CLAVE

¿Qué es «Obra de Reforma»?

No todas las obras califican. Incluye trabajos de albañilería, fontanería, electricidad, y carpintería. No se aplica a la simple compra de materiales sin instalación.

El servicio de instalación es clave para poder aplicar el 10% al conjunto de la factura.

Guía Rápida: ¿Tengo derecho al 10%?

Punto de Partida

¿La obra es en una vivienda de uso particular?

OPCIÓN A

«No, es un local u oficina.»

Resultado: Sujeto al 21% de IVA

OPCIÓN B

«Sí, es mi vivienda.»

¡Bien! Sigue al siguiente paso.

¿La vivienda tiene más de 2 años de antigüedad?

PREGUNTA CLAVE

El coste de los materiales, ¿supera el 40% del total de la obra?

«SÍ, supera el 40%»
Resultado: ¡Cuidado! Sujeto al 21%
«NO, es menos del 40%»
Resultado: ¡Aplica el 10% de IVA!

CASO ANTIGÜEDAD

«No, la vivienda es de obra nueva o tiene menos de 2 años.»

Resultado: Sujeto al 21% de IVA

Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿Quién tiene que ser el destinatario de la factura?

El destinatario debe ser una persona física (no una empresa) o una comunidad de propietarios. La vivienda debe ser de uso particular.

¿Qué pasa si compro los materiales yo mismo?

La compra de materiales por tu cuenta siempre tributará al 21% de IVA. El 10% reducido solo aplica a los materiales suministrados por la empresa que realiza la obra, y solo si estos no superan el 40% del coste total.

¿Las obras de jardín, piscina o garajes entran?

Generalmente, no. El IVA reducido se centra en la «vivienda» en sí. Las obras en elementos anexos como jardines, piscinas, o garajes individuales suelen tributar al 21%, salvo que sean parte de una rehabilitación integral del edificio.

¿Cómo justifico el coste de los materiales?

La empresa constructora debe detallarlo en la factura. Es fundamental que la factura desglose correctamente los conceptos y especifique que el coste de los materiales aportados no excede el 40% del total.