Vender · IRPF
Calculadora de la ganancia patrimonial al vender una vivienda (IRPF)
La respuesta corta
Pagas IRPF por la diferencia entre lo que obtienes al vender (menos los gastos de la venta) y lo que te costó (más gastos, impuestos y mejoras). Esa ganancia tributa entre el 19 % y el 30 %, por tramos. Puedes pagar menos o nada si reinviertes en tu nueva vivienda habitual, si tienes más de 65 años o si compraste antes de 1995.
19-30 %tipo de la base del ahorro, por tramos
65 añosdesde esa edad, vender tu vivienda habitual no tributa
400.000 €límite de ventas para los coeficientes de abatimiento
Calculadora
Calculadora de ganancia patrimonial
Datos de la adquisición
Datos de la transmisión (venta)
Exenciones y supuestos especiales
Pon lo que te cuesta tu nueva vivienda habitual. Si cuesta menos de lo que obtienes con la venta, la exención es parcial. Más detalle en la calculadora de exención por reinversión.
Si dejas vacío el primer campo, calculamos como si destinaras a la renta todo lo cobrado, hasta el límite. Cómo funciona la renta vitalicia.
Escúchalo en pódcast
¿Qué es la ganancia patrimonial al vender una vivienda?
Cuando vendes un inmueble por más de lo que te costó, la diferencia es una ganancia patrimonial y se declara en la renta (IRPF) del año de la venta. No se calcula con el precio «a secas»:
- Al precio de compra se le suman los gastos y tributos que pagaste al comprar (notaría, registro, ITP o IVA) y las mejoras que hayas hecho.
- Al precio de venta se le restan los gastos de la venta, como la plusvalía municipal o los honorarios de la agencia.
- Si la vivienda ha estado alquilada, además se descuentan las amortizaciones que te dedujiste. Si no te dedujiste nada, o menos de lo que podías, se descuenta igualmente la amortización mínima (artículo 35 de la Ley del IRPF).
¿Cómo tributa?
La ganancia va a la base del ahorro, que tributa por tramos desde 2025. Cada tramo se aplica solo a la parte de la ganancia que cae en él; por eso la calculadora muestra el desglose.
| Tramo de la ganancia | Tipo |
|---|---|
| Hasta 6.000 € | 19 % |
| De 6.000 a 50.000 € | 21 % |
| De 50.000 a 200.000 € | 23 % |
| De 200.000 a 300.000 € | 27 % |
| A partir de 300.000 € | 30 % |
Cuándo pagas menos o nada
- Si reinviertes lo obtenido en tu nueva vivienda habitual (exención por reinversión).
- Si tienes más de 65 años y vendes tu vivienda habitual.
- Si tienes más de 65 años, vendes otro inmueble y destinas lo cobrado a una renta vitalicia en seis meses (hasta 240.000 €). Te lo explicamos en renta vitalicia con más de 65 años.
- Si compraste antes de 1995 y puedes aplicar los coeficientes de abatimiento.
Si has heredado la vivienda, el valor de adquisición es el que se declaró en la herencia; lo explicamos en la guía de herencias en Albacete.
El resultado de la calculadora es una estimación. Antes de firmar la venta, revisa los números con tu asesor fiscal o pídenos que los repasemos contigo.
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Repasamos contigo los números de la venta sin compromiso para que no te lleves sorpresas en el IRPF.
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