Plusvalía Municipal en Albacete
Guía Completa 2025 – Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana
¿Qué es la Plusvalía Municipal?
La plusvalía municipal, oficialmente conocida como Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), es un tributo local que grava el incremento de valor que experimenten los terrenos urbanos cuando se produzca su transmisión.
Este impuesto se aplica en Albacete según la normativa municipal específica y la regulación estatal vigente, siendo fundamental conocer sus particularidades para cualquier operación inmobiliaria en la ciudad.
Importante: En 2025, el Ayuntamiento de Albacete ha aprobado una reducción del 6,66% en este impuesto, lo que supone un ahorro de 645.000 euros anuales para los contribuyentes.
Marco Legal en Albacete
Normativa Municipal
- • Ordenanza Fiscal reguladora del IIVTNU
- • Vigente desde el 30 de noviembre de 2021
- • Actualizada para 2025 con reducción del 6,66%
- • Bonificaciones específicas establecidas
Normativa Estatal
- • Real Decreto Legislativo 2/2004 (TRLRHL)
- • Real Decreto-ley 26/2021
- • Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades
- • Jurisprudencia del Tribunal Constitucional
Cálculo de la Plusvalía Municipal
El cálculo del IIVTNU en Albacete se puede realizar mediante dos métodos, pudiendo el contribuyente elegir el más favorable:
Método Objetivo
Basado en valores catastrales y coeficientes oficiales:
Base Imponible = Valor Catastral del Suelo × Coeficiente según años
Método Real
Basado en la ganancia patrimonial real:
Base Imponible = (Valor Transmisión – Valor Adquisición) × % Suelo
Datos Necesarios para el Cálculo:
- • Valor catastral del inmueble
- • Valor catastral del suelo (normalmente 60%)
- • Fecha de adquisición y transmisión
- • Tipo impositivo municipal (30% en Albacete)
- • Precio de compra y venta
- • Años de tenencia del inmueble
Coeficientes Máximos 2025
Los coeficientes máximos establecidos por el Real Decreto-ley para 2025 son:
Periodo de Generación | Coeficiente Máximo | Observaciones |
---|---|---|
Inferior a 1 año | 0,16 | Operaciones muy rápidas |
1-3 años | 0,15 | Periodo estable |
4 años | 0,16 | Ligero incremento |
5-6 años | 0,18-0,20 | Crecimiento gradual |
7-8 años | 0,22-0,23 | Máximo del periodo medio |
9-10 años | 0,21-0,16 | Descenso progresivo |
11-16 años | 0,13-0,10 | Valores reducidos |
17-19 años | 0,12-0,22 | Incremento gradual |
20 años o más | 0,35 | Máximo absoluto |
* El Ayuntamiento de Albacete puede aplicar coeficientes inferiores a estos máximos según su política fiscal.
Exenciones y Bonificaciones
Exenciones Aplicables
- Sin incremento de valor: Cuando no hay ganancia patrimonial real
- Transmisiones mortis causa: Ciertos casos de herencia
- Viviendas de protección oficial: Primera transmisión
- Aportaciones societarias: Según normativa específica
Bonificaciones Específicas
- Vivienda habitual: 50% de bonificación si se mantiene la propiedad 10 años
- Familia numerosa: Bonificaciones adicionales según normativa
- Mayores de 65 años: Exención en IRPF, no en plusvalía municipal
- Situaciones especiales: Discapacidad, dependencia
Procedimiento y Plazos
Compraventas
30 días
hábiles desde la transmisión
Herencias
6 meses
desde el fallecimiento (prorrogable otros 6 meses)
Donaciones
30 días
hábiles desde la donación
¿Dónde y Cómo Presentar la Declaración?
Para solicitar la carta de pago del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (plusvalía), hay dos opciones:
a) Digitalmente
En el Registro electrónico del Ayuntamiento de Albacete.
Si dispone de certificado digital, o es persona jurídica, debe solicitar la carta de pago aquí.
b) Presencialmente
Solamente para personas físicas, en la Oficina del Registro General del Ayuntamiento de Albacete.
Diríjase directamente a las oficinas municipales con la documentación requerida.
Casos Prácticos
Ejemplo 1: Venta con Ganancia
Datos:
- • Compra en 2019: 180.000€
- • Venta en 2025: 220.000€
- • Valor catastral total: 120.000€
- • Valor catastral del suelo: 72.000€ (60%)
- • Años de tenencia: 6 años
Método Objetivo:
72.000€ × 0,20 = 14.400€
Cuota: 14.400€ × 30% = 4.320€
Método Real:
(220.000€ – 180.000€) × 60% = 24.000€
Cuota: 24.000€ × 30% = 7.200€
El contribuyente elegiría el método objetivo (4.320€) por ser más favorable.
Ejemplo 2: Venta con Pérdida
Datos:
- • Compra en 2018: 200.000€
- • Venta en 2025: 180.000€
- • Pérdida patrimonial: 20.000€
Exención Total
Al no existir incremento de valor real, no se debe pagar plusvalía municipal según jurisprudencia del Tribunal Constitucional.
Preguntas Frecuentes
¿Los mayores de 65 años pagan plusvalía municipal?
Sí, la edad no es un factor de exención para la plusvalía municipal. La exención por edad solo aplica al IRPF en la venta de la vivienda habitual.
¿Cuántos años deben pasar para no pagar plusvalía?
No existe un plazo que exima del pago. A partir de 20 años, el coeficiente se mantiene en 0,35, pero siempre se paga si hay incremento de valor.
¿Qué pasa si vendo con pérdidas?
Si puede demostrar que no hay incremento de valor real del terreno, está exento del pago según la doctrina del Tribunal Constitucional.
¿Puedo aplazar el pago?
Sí, existe la posibilidad de solicitar aplazamiento o fraccionamiento del pago según la normativa municipal de Albacete.
¿Se puede recuperar la plusvalía pagada indebidamente?
Sí, puede solicitar la devolución en un plazo de 4 años si puede demostrar que no hubo incremento de valor real.
Enlaces de Interés
Contacto y Ayuda
Ayuntamiento de Albacete
Plaza de la Catedral, 1
02001 Albacete
967 596 200
Horario de Atención
Lunes a Viernes:
8:00 – 14:00
Tardes (solo cita):
16:00 – 18:00
Aviso importante: Esta información es orientativa y se basa en la normativa vigente a fecha de enero de 2025. Para casos específicos, consulte siempre con un profesional o con los servicios tributarios del Ayuntamiento de Albacete. La normativa fiscal puede cambiar y cada situación particular puede tener circunstancias específicas que modifiquen la aplicación de los tributos.
¿Quieres saber si tendrás que pagar este impuesto al vender tu vivienda y el importe?
Para esto, necesitamos la siguiente documentación:
- Escritura de compra / herencia o donación.
- Ultimo recibo de IBI del inmueble. ¡Ojo! no el recibo del banco. El Recibo original emitido por Gestión Tributaria 👇:

En este recibo viene detallado el importe del valor del suelo, que es sobre el que se calcula la base del impuesto.
Haznos llegar estos documentos y calculeremos si tienes o no tienes que pagar alguna cantidad.
Si tienes el impuesto domiciliado, seguramente ya no te llegue al buzón este documento por lo que tendrás que pedir un duplicado en GESTALBA Tlf: 967 595 333 o acercándose a sus oficinas en Albacete, Plaza de la Mancha, 15 (no es necesario cita previa).
Puedes hacernos llegar esta documentación a nuestro email: info@inmohouse.net . Calcularemos el impuesto en menos de 24h. una vez recibida.
La Plusvalía Municipal, gasto deducible
Como consuelo a un posible pago de Plusvalía Municipal, cabe comentar que este gasto, supone un importe deducible sobre el cálculo de la Base Imponible en la Ganacia Patrimonial obtenida con la venta del inmueble /suelo que habrá que declar en el próximo IRPF. Por lo que, a efectos prácticos, podría considerarse como un «adelanto» a las arcas locales de parte del beneficio obtenido.