El Consejo de Ministros ha dado luz verde al decreto ley por el que el ICO avalará la compra de la vivienda, evitando así que se tenga que aportar una entrada del 20% del importe del inmueble. Se trata de una medida por la que se pretende solucionar el problema que tienen los jóvenes y otros colectivos vulnerables para conseguir la entrada de la hipoteca.
Se ha aprobado un decreto ley mediante el cuál se ha establecido el marco legal para que el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA) y el organismo dependiente del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital puedan establecer las condiciones con las que solicitar este aval. Aún no se puede solicitar, pero sí que se han conocido más detalles de cómo va a funcionar este aval.
A continuación respondemos algunas de las dudas más importantes sobre este tema. Iremos actualizando el contenido a medida que se conozcan más detalles.
¿Cómo funciona el aval del ICO?
A través de esta medida el Gobierno avala una parte de la hipoteca, concretamente el 20%, que suele ser la entrada que piden los bancos para acceder a un préstamo hipotecario. Si la vivienda que se quiere hipotecar tiene una calificación energética D o superior el aval podrá llegar a ser del 25%.
De esta manera accederemos a una hipoteca 100%, es decir, no tendremos que aportar esos ahorros iniciales.
Este aval tendrá una validez de 10 años independientemente del plazo de amortización del préstamo y de la existencia de un periodo de carencia. Asimismo, el plazo para acogerse a esta medida expira el 31 de diciembre de 2025, aunque existe la posibilidad de prorrogarlo dos años en función de la demanda y las condiciones económicas que se den en ese momento.
Entonces… ¿No tendremos que pagar nada por pedir la hipoteca en este caso?
Hay que recordar que tramitar la hipoteca implica unos gastos de compraventa y de formalización de la hipoteca. Suelen consistir en el 10% del valor de la vivienda, una cantidad de dinero que sí tendremos que aportar nosotros.
¿A qué personas va a beneficiar esta medida?
Los avales ICO podrán ser solicitados por:
-Jóvenes menores de 35 años.
-Familias con menores a su cargo sin límite de edad.
Asimismo, el solicitante no podrá percibir más de 37.800 euros brutos anuales. En caso de pedir la hipoteca en pareja la cantidad se duplica a 75.600 euros.
Por otro lado, en función del número de hijos o de si la familia es monoparental el límite se incrementará. Por cada menor a su cargo se elevará 2.520 euros anuales y en las familias monoparentales esto podría aumentar un 70% más. Esto significa que, para estos perfiles, las cifras máximas serían:
-Familia con un menor a cargo: 40.320. En caso de que lo pida con su pareja 80.640 euros.
-Familia con dos menores a cargo: 42.840 euros. Si lo pide con su pareja 85.680 euros.
-Familia monoparental con un menor: 68.544 euros.
-Familia monoparental con dos menores: 72.828 euros.
¿Qué viviendas se podrán adquirir con este aval?
Aún no se ha especificado este punto, habrá que esperar a conocer con detalle el decreto ley que se publique en el BOE.
Lo único que se ha especificado es que si la vivienda tiene una calificación energética mínima D o superior el aval podría ser hasta del 25%.
Por otra parte, desde iAhorro hemos realizado una serie de cálculos para el importe máximo que puede tener una hipoteca para que pueda ser avalada por el ICO. Para ello hemos estimado que la hipoteca a la que van a acceder estar personas es fija con un TIN del 4% a 30 años y que la cuota mensual no va a superar el 35% del poder adquisitivo de los solicitantes, que es lo que recomienda el Banco de España. En función del solicitante las cantidades son las siguientes:
-Menor de 35 años: 230.935 euros. Si va en pareja 461.870 euros.
-Familia con un menor a cargo: 246.331 euros. En caso de que lo pida con su pareja 492.661 euros.
-Familia con dos menores a cargo: 261.726 euros. Si lo pide con su pareja 523.453 euros.
-Familia monoparental con un menor: 418.762 euros.
-Familia monoparental con dos menores: 444.935 euros.
Por lo tanto, la vivienda que busquemos no podrá pasar de estos estándares si queremos obtener el aval del ICO.
¿Cómo puedo solicitarlo?
Aún no se han dado detalles de cómo se solicitaría este aval. Lo más probable es que se tramite en la entidad bancaria en la que se firme la hipoteca, de la misma manera que se tramitan otras ayudas de las comunidades autónomas en materia de vivienda.
Si yo tengo menos de 35 años, pero mi pareja tiene 37… ¿Podré beneficiarme de esta medida?
Para pedir el aval de forma conjunta ambos solicitantes deben tener menos de 35 años. En el caso de que una de las personas supere esa edad una solución es que la hipoteca y, por tanto, el aval, lo pida la persona menor de 35.
¿El aval se tendrá que devolver?
Hay que recordar que esto no es una subvención, sino un aval y que, por lo tanto, se tendrá que devolver.
Con el aval del ICO solicitaremos una hipoteca al 100%, por lo tanto, tendremos que devolver el importe íntegro del inmueble.
¿El aval del ICO tiene algún coste?
Incluir el aval del ICO en la hipoteca, a diferencia del aval que proporcionamos en otras ocasiones, no tendrá coste alguno, será gratuito. Serán las entidades las que tendrán que asumir el precio de utilizar esta figura a la hora de conceder una hipoteca del 100%.