Inmohouse · Condiciones
Condiciones de Inmohouse para propietarios que alquilan
La respuesta corta
Si alquilas una vivienda, solo pagas tú: una mensualidad de la renta + IVA, y solo si el inquilino lo hemos encontrado nosotros. Al inquilino no le cobramos nada. Si es un local, una nave u otro inmueble que no es vivienda, cobramos una mensualidad + IVA a cada parte. Sin exclusiva en ningún caso.
Antes de dejarnos las llaves, es normal querer saber cuánto te va a costar y qué vas a recibir a cambio. Aquí lo tienes todo, sin letra pequeña.
Qué hacemos por ti
Alquileres bien hechos. Alquila sin agobios a los mejores inquilinos:
- Asesoramiento integral.
- Amplísima cartera de inquilinos.
- Nos encargamos de todo.
- Redacción de documentos.
- Máxima difusión del inmueble.
- Cambio de suministros.
Nuestra tarifa
Depende de lo que alquiles. No es lo mismo una vivienda que un local o una nave, y la ley tampoco los trata igual.
Viviendas: alquiler habitual y de temporada
1 mensualidad + IVAde la renta final, solo la paga el propietario
0 €para el inquilino, ni honorarios ni gastos de formalización
0 €si no alquilas a un inquilino que te hayamos presentado
Locales, naves y otros inmuebles que no son vivienda
1 mensualidad + IVAde la renta final, la paga el propietario
1 mensualidad + IVAde la renta final, la paga el inquilino
0 €si no alquilas a un inquilino que te hayamos presentado
Esta segunda tarifa vale para locales comerciales, naves industriales, oficinas, garajes y trasteros que se alquilan por separado y, en general, cualquier alquiler de uso distinto de vivienda. En los dos casos, sin exclusiva: puedes alquilar por tu cuenta o con otras agencias.
¿Y el inquilino paga algo?
Depende del contrato. Así queda cada caso con Inmohouse:
| Tipo de contrato | Paga el propietario | Paga el inquilino |
|---|---|---|
| Vivienda habitual | 1 mensualidad + IVA | Nada |
| Vivienda de temporada (temporal) | 1 mensualidad + IVA | Nada |
| Local, nave, oficina y otros usos | 1 mensualidad + IVA | 1 mensualidad + IVA |
Lo que dice la ley
Al inquilino de una vivienda no se le pueden cobrar honorarios de agencia ni gastos de gestión o de formalización del contrato, tampoco al renovarlo (artículo 20 de la Ley de Arrendamientos Urbanos). En la vivienda habitual es así desde la Ley de Vivienda de 2023. Desde el 8 de octubre de 2026, con el Real Decreto-ley 29/2026, la regla alcanza también a los alquileres temporales (los de temporada) y por habitaciones que se firmen a partir de esa fecha. Por eso, en vivienda, nuestro trabajo lo paga solo el propietario.
En los alquileres de uso distinto de vivienda (locales, naves, oficinas…) manda lo que pacten las partes (artículo 4.3 de la misma ley) y esa prohibición no se aplica, así que cobramos a cada parte su mensualidad. Te lo contamos con detalle en alquiler: lo que ya no te pueden cobrar.
Un aviso: un real decreto-ley tiene que convalidarlo el Congreso en los 30 días siguientes y, a fecha de esta actualización, esa convalidación no consta en el BOE. Pase lo que pase, en Inmohouse no le cobramos nada al inquilino de una vivienda.
Preguntas frecuentes
Si al final no alquilo con vosotros, ¿os tengo que pagar?
No. Solo cobramos cuando alquilamos tu inmueble a un inquilino que te hayamos presentado.
¿Pedís exclusiva?
No. Con nosotros no tienes ningún tipo de exclusiva en la comercialización, ni en viviendas ni en locales: puedes alquilar por tu cuenta o contar con otras agencias. Es tu inmueble y tú decides.
¿Por qué en un local el inquilino sí paga y en una vivienda no?
Porque la norma que impide cobrar al inquilino solo afecta a los alquileres de vivienda. En un local, una nave o una oficina trabajamos para las dos partes: buscamos al inquilino adecuado para el propietario y el inmueble adecuado para el negocio del inquilino, y cada uno paga su mensualidad.
¿Por qué necesito una inmobiliaria?
Hay decenas de aspectos que revisar al alquilar un inmueble, y cada uno puede traer sus propios problemas: inquilinos no solventes, contratos mal redactados, fiscalidad mal entendida y muchos otros pueden convertir tu alquiler en una pesadilla. Repasa lo esencial en alquilar tu piso en Albacete: obligaciones del propietario.
¿Qué experiencia tenéis?
Nos dedicamos a la gestión inmobiliaria y patrimonial en Albacete desde 2019. En el equipo hay abogados, economistas y asesores inmobiliarios que se forman de manera continua, para que el alquiler de tu vivienda no se convierta en una pesadilla. Lo que opinan nuestros clientes lo tienes en nuestras reseñas de Google.
¿Qué gastos tendré al alquilar mi vivienda?
- Inmobiliaria: una mensualidad + IVA. Al inquilino no le cobramos nada.
- Certificado de eficiencia energética, si no lo tienes o está caducado: lo necesitas para anunciar y para alquilar a un inquilino nuevo. Lo hace un técnico y el precio es libre, así que pide un par de presupuestos. Qué es y cómo conseguirlo, en el certificado energético.
Si nos llamas, te calculamos hasta el último euro de gasto.
¿Quieres alquilar tu vivienda o tu local en Albacete?
Cuéntanos qué tienes y te explicamos, sin compromiso, cómo buscamos al inquilino adecuado.
Inmohouse · Calle Caba, 5, entreplanta, Albacete · Teléfono 967 70 29 24
Fuentes oficiales
- BOE: Ley 29/1994, de Arrendamientos Urbanos, texto consolidado: artículos 4.3 (los alquileres de uso distinto de vivienda se rigen por lo pactado) y 20 (gastos de gestión inmobiliaria y de formalización del contrato a cargo del arrendador).
- BOE: Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda (honorarios a cargo del propietario en la vivienda habitual).
- BOE: Real Decreto-ley 29/2026, de 6 de octubre (en vigor desde el 8 de octubre de 2026; amplía la prohibición a los alquileres temporales y por habitaciones; pendiente de convalidación a fecha de esta actualización).
- BOE: Real Decreto 390/2021, de certificación de la eficiencia energética de los edificios: artículo 17 (certificado al anunciar y al alquilar a un inquilino nuevo).
Información general con fines divulgativos. Las condiciones de cada encargo se recogen por escrito antes de empezar. No sustituye el asesoramiento de un abogado o un asesor fiscal para tu caso concreto.