Alquilar · Propietarios · Obligaciones

Alquilar tu piso en Albacete: obligaciones del propietario

Propietarios

La respuesta corta

Para alquilar tu piso como vivienda habitual necesitas el certificado energético, cobrar una mensualidad de fianza y depositarla en la Junta en los 30 días hábiles siguientes a la firma. El inquilino puede quedarse hasta cinco años (siete si el propietario es una empresa) y la renta solo sube si lo pactáis, nunca por encima del IRAV y, hasta el 31 de diciembre de 2027, como mucho un 2 % si no hay un nuevo acuerdo. Los honorarios de la inmobiliaria y los impuestos de la vivienda, como el IBI, no se pueden cargar al inquilino.

Actualizado: octubre de 2026 · Fuentes oficiales: Ley de Arrendamientos Urbanos, depósito de fianzas de la Junta de Castilla-La Mancha y Agencia Tributaria

1 mesde renta es la fianza legal en el alquiler de vivienda habitual

30 díashábiles tienes para depositarla en la Junta, desde el día siguiente a la firma

15 díasnaturales tienes para responder si el inquilino te pide por escrito una reparación

Alquilar un piso parece sencillo hasta que te sientas a preparar el contrato. Hay papeles que tienes que tener antes de anunciarlo, una fianza que no se queda en tu cuenta y reglas sobre lo que puedes cobrar que han cambiado varias veces desde 2023, la última en octubre de 2026. Esta guía reúne lo que tienes que cumplir como propietario en Albacete si alquilas como vivienda habitual, con enlace a la norma de cada punto.

Antes de anunciarlo: el certificado energético

Para alquilar una vivienda a un nuevo inquilino necesitas el certificado de eficiencia energética. Lo regula el Real Decreto 390/2021, y lo que más te afecta es esto:

  • Vale diez años, salvo que la calificación sea G: entonces, cinco (artículo 13).
  • La calificación energética tiene que aparecer en el anuncio, también en los portales.
  • Una copia de la etiqueta se anexa al contrato de alquiler (artículo 17).

Si todavía no lo tienes, te contamos cómo se pide en certificado energético: qué es y cómo conseguirlo. Lo vas a necesitar también al depositar la fianza: el formulario de la Junta te pide el nivel de consumo de energía y el de emisiones de CO2 que figuran en él.

La fianza y su depósito en la Junta

La fianza se cobra al firmar, en metálico, y sirve para cubrir rentas sin pagar o daños cuando el inquilino se va. Su importe lo fija el artículo 36 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, y depende del tipo de contrato:

ContratoFianza
Vivienda habitualUna mensualidad de renta
Temporal firmado desde el 8 de octubre de 2026La ley no ha tocado ese apartado, pero como el temporal pasa a ser alquiler de vivienda, la lectura más razonable es una mensualidad
De temporada firmado antes del 8 de octubre de 2026Dos mensualidades, porque entonces era un uso distinto del de vivienda

Aparte de la fianza puedes pedir una garantía adicional, como un aval bancario o el de un familiar. La ley le pone un tope, y la reforma de 2026 ha retocado las reglas de estas garantías, así que comprueba el límite de tu caso antes de pedirla. Si lo que quieres es cubrirte frente a impagos, lo habitual es un seguro de impago contratado por ti.

El depósito en la Junta, paso a paso

En Castilla-La Mancha la fianza no se queda en tu cuenta. Los arrendadores de fincas urbanas están obligados a depositarla en la Junta de Comunidades y a mantenerla allí todo el contrato. Lo regula el Decreto 6/2022, de 25 de enero, y vale para los contratos de vivienda y para los de uso distinto, también los de temporada. Si quieres ver el trámite con más detalle, lo tienes en la guía del depósito de la fianza en Castilla-La Mancha.

  • Cuánto: el importe completo de la fianza. El depósito no genera intereses.
  • Cuándo: en los 30 días hábiles siguientes a la firma del contrato, contando desde el día siguiente (artículo 7 del Decreto 6/2022). En días hábiles no cuentan sábados, domingos ni festivos (artículo 30 de la Ley 39/2015). Si la vivienda es protegida, el plazo empieza a contar desde el visado del contrato.
  • Cómo: por internet, con el formulario «Deposita tu fianza» de la página del régimen general. Puedes pagar en el momento o imprimirlo y pagar en una entidad colaboradora. El depósito queda hecho con el ingreso.
  • Guarda el justificante con el contrato. Te lo pueden pedir, y lo necesitarás al final para recuperar el dinero.

Un piso alquilado por 650 € al mes (cifras inventadas para el ejemplo)

  • El día de la firma cobras 650 € de fianza y la primera mensualidad.
  • En los 30 días hábiles siguientes ingresas esos 650 € en la Junta. Treinta días hábiles son unas seis semanas de calendario, algo más si hay festivos por medio.
  • Cuando termina el contrato, pides a la Junta la devolución. Tiene un mes desde la solicitud para pagarte (artículo 9 del Decreto 6/2022).
  • Al inquilino le devuelves los 650 €, menos lo que puedas justificar de rentas o daños. Si queréis, podéis acordar por escrito que la Junta se los pague directamente a él.
  • Que la fianza esté en la Junta no cambia quién la devuelve: frente al inquilino respondes tú, y tienes un mes desde que te entrega las llaves. Lo explicamos en devolución de la fianza del alquiler.

Duración y subidas de renta

  • Duración. La pactáis vosotros, pero si es de menos de cinco años (siete si el propietario es una empresa), el contrato se prorroga cada año hasta llegar a ese mínimo, salvo que el inquilino avise con 30 días de que se va (artículo 9 de la LAU). Si crees que vas a necesitar la vivienda para ti o para tu familia, tiene que constar en el contrato desde el principio. Lo contamos en recuperar la vivienda por necesidad del propietario.
  • Subida de la renta. Solo se actualiza si el contrato lo dice. Y aunque lo diga, la subida anual no puede pasar del IRAV, el índice que publica el INE (artículo 18 de la LAU). Desde la reforma de octubre de 2026, los contratos firmados antes del 26 de mayo de 2023 también tienen el IRAV como tope.
  • El freno hasta 2027. Hasta el 31 de diciembre de 2027, si no firmáis un nuevo acuerdo, la renta puede subir como mucho un 2 %, y menos si el IRAV de ese momento es más bajo. Consulta el último dato en IRAV hoy: cuánto puede subir tu alquiler.
  • ¿Vivienda habitual o temporal? Desde el 8 de octubre de 2026, un contrato temporal necesita una causa real y demostrable. Si no la tiene, se trata como vivienda habitual desde el primer día. Lo comparamos en alquiler permanente o de temporada.

Lo que no puedes cobrar y las reparaciones

Aquí es donde más contratos antiguos se quedan fuera de la ley. Según el artículo 20 de la LAU:

  • Los honorarios de la inmobiliaria y los gastos de preparar, formalizar o renovar el contrato los pagas tú. No se pueden repercutir al inquilino ni directa ni indirectamente.
  • Los impuestos de la vivienda, como el IBI, tampoco se le pueden imponer. Si tu modelo de contrato trae una cláusula que se los carga, quítala.

Tienes la lista completa, con ejemplos, en alquiler: lo que ya no te pueden cobrar.

Las reparaciones necesarias para que la vivienda siga siendo habitable son cosa tuya, y no puedes subir la renta por hacerlas. Las pequeñas, por el desgaste del uso diario, le tocan al inquilino. Desde octubre de 2026 hay además un plazo que conviene tener muy presente (artículo 21.5 de la LAU):

  • Si hay un desperfecto que afecta a la habitabilidad, la seguridad o la salubridad, el inquilino puede pedirte la reparación por escrito con un presupuesto razonable. Tienes 15 días naturales desde que lo recibes para aceptarlo, proponer otra reparación o hacerla tú. Si no contestas o te niegas sin motivo, puede hacer la obra y descontarla de las rentas siguientes, siempre que el coste sea razonable y lo justifique con documentos.

Al terminar el contrato

La reforma de 2026 refuerza la obligación de dejar constancia por escrito del estado de la vivienda cuando el inquilino se va. Nuestro consejo es el mismo para las dos partes: inventario con fotos fechadas al entrar y un documento de entrega firmado por los dos al salir, con los desperfectos que haya. Si no lo anotas ese día, después es muy difícil descontar nada de la fianza. Te lo explicamos en ¿no te devuelven la fianza? Así la recuperas.

Impuestos del alquiler

Lo que cobras se declara en tu renta como rendimiento del capital inmobiliario. De ahí restas los gastos deducibles (intereses de la hipoteca, IBI, comunidad, seguros, reparaciones y la amortización del inmueble). Si el resultado es positivo y alquilas como vivienda habitual, tienes una reducción que depende de cuándo firmaste el contrato:

Contrato de vivienda habitual firmadoReducción en Albacete
Antes del 26 de mayo de 202360 %
Entre el 26 de mayo de 2023 y el 1 de diciembre de 202650 % como regla general, o 60 % si la vivienda se rehabilitó en los dos años anteriores. El 90 % y el 70 % exigen zona tensionada (salvo el 70 % del alquiler a una Administración o a una entidad sin ánimo de lucro para alquiler social), y Albacete no lo es
Desde el 1 de diciembre de 2026Sistema nuevo del Real Decreto-ley 29/2026: del 15 % al 100 %, según cuánto suba o baje la renta respecto al contrato anterior y otras condiciones

Los porcentajes de los contratos anteriores salen del Manual de Renta 2025 de la Agencia Tributaria, y el sistema nuevo, de su boletín sobre el Real Decreto-ley 29/2026. En un alquiler de temporada no hay reducción.

  • ITP del contrato. El alquiler de vivienda habitual está exento del impuesto de transmisiones (artículo 45 del Texto Refundido). En otros alquileres puede tocar pagarlo; lo vemos en ITP del alquiler: cuándo te toca pagarlo.
  • Para tu inquilino. Castilla-La Mancha tiene deducciones en el IRPF por alquiler de vivienda habitual del 15 % de lo pagado, con un máximo de 500 € tras la Ley 1/2026, para algunos inquilinos: menores de 36 años, familias numerosas o monoparentales y personas con una discapacidad de al menos el 65 %, entre otros. Los detalles, en el resumen del Portal Tributario de la Junta.

Elegir inquilino y protegerte del impago

La mayoría de problemas que vemos en alquileres se habrían evitado con una buena selección al principio. Antes de firmar:

  • Pide justificantes de ingresos: nóminas y vida laboral o, si es autónomo, sus últimas declaraciones.
  • Haz inventario y fotos fechadas del piso, y que el inquilino las firme con el contrato.
  • Anexa la etiqueta energética y guarda el justificante del depósito de la fianza.
  • Si te preocupa el impago, mira qué cubre y qué no un seguro de impago de alquiler.

Si prefieres no ocuparte tú del anuncio, las visitas, la selección, el contrato y el depósito de la fianza, en Inmohouse lo hacemos por ti. Tienes nuestras condiciones para propietarios.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir dos meses de fianza en un alquiler de vivienda habitual?

Como fianza, no: la legal es una mensualidad. Aparte puedes pedir una garantía adicional, como un aval, dentro del tope que fija la ley. Antes de pedirla, comprueba ese tope para tu contrato.

¿Cuánto tiempo tengo para depositar la fianza en la Junta?

Treinta días hábiles, contando desde el día siguiente a la firma del contrato. Sábados, domingos y festivos no cuentan. Hazlo cuanto antes y guarda el justificante.

¿También tengo que depositar la fianza de un alquiler de temporada?

Sí. El Decreto 6/2022 incluye los contratos de vivienda y los de uso distinto, así que el temporal también va a la Junta, con el mismo plazo.

¿Quién recupera el dinero de la Junta al acabar el contrato?

Tú, como propietario, con el trámite de devolución del depósito. La Junta tiene un mes desde la solicitud para pagar. Si os lleváis bien, podéis acordar por escrito que se lo pague directamente al inquilino.

¿Puedo cobrarle el IBI al inquilino?

No. La ley dice que en ningún caso se le pueden imponer los tributos asociados a la vivienda. Si tu contrato trae esa cláusula, quítala en el próximo.

Mi contrato es de 2024. ¿Me cambia la reducción del IRPF?

No. Los contratos de vivienda habitual firmados entre el 26 de mayo de 2023 y el 1 de diciembre de 2026 siguen con los porcentajes anteriores: en Albacete, normalmente el 50 %. El sistema nuevo es para los contratos firmados desde el 1 de diciembre de 2026.

¿Vas a alquilar tu piso en Albacete?

Revisamos tu contrato con las reglas de 2026, seleccionamos al inquilino y nos ocupamos del depósito de la fianza en la Junta. Cuéntanos qué piso tienes y te decimos por dónde empezar.

Inmohouse · Calle Caba, 5, entreplanta, Albacete · Teléfono 967 70 29 24

Fuentes oficiales